En nuestra calidad de miembro del excelentísimo Consejo Consultivo, la Cámara Argentina de Economía Circular, en el marco de nuestro objetivo y alcance temático institucional, consideramos de importancia debatir, para ser incorporado al proyecto de ley de reforma los desafíos contemporáneos relacionados con la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático, a los fines de promover prácticas sostenibles y de economía circular, y sentar las bases de los principios mínimos para la optimización de recursos escasos y cuidado ambiental y humano, en los procesos productivos del sector.
Por lo que sugerimos:
1. Promoción de Prácticas Sostenibles
Incorporar un capítulo que incentive a las MiPyMEs a adoptar prácticas sostenibles en sus procesos productivos. El cual entre otros debiera considerarse:
– Acceso preferencial a beneficios: Las empresas que implementen programas de sostenibilidad, como la eficiencia energética, el uso de energías renovables y la reducción de residuos, accederán a mayores beneficios fiscales o financieros.
– Certificación de Sostenibilidad: Exigir un sistema de certificación de prácticas sostenibles, que deberá ser aprobado por Órgano estatal de competencia, como requisito para acceder a ciertos beneficios.
2. Medición de la Huella de Carbono
Incorporar la medición de la huella de carbono como un elemento clave en la calificación para acceder a financiamiento y apoyo técnico, del que proponemos:
– Medición Obligatoria Anual: Incluir el requisito de medición y reporte anual de la huella de carbono de las MiPyMEs, con herramientas y asistencia técnica brindadas por el Estado o por Entes Autorizados Técnicos para realizar dicha medición.
– Reducción Progresiva: Establecer metas anuales de reducción de huella de carbono para las empresas que desean mantener su condición de beneficiarias de los programas de financiamiento o promoción de exportaciones.
– Bonificaciones Verdes: Las empresas que logren reducir su huella de carbono de manera significativa podrán acceder a bonificaciones fiscales o subsidios adicionales.
– Créditos de Carbono: Promover la compra y venta de créditos de carbono entre empresas, como parte de un sistema de mercado interno de carbono, que incentive a las Mipymes a reducir sus emisiones y financiar actividades de mitigación.
– Programa Nacional Compensación de Carbono: Que permita que las empresas que no puedan reducir sus emisiones por debajo de los ciertos niveles, puedan compensar su impacto financiando proyectos surgidos del Fondo Nacional de Economía Circular.
3. Economía Circular como Pilar Estratégico
Incluir la Economía Circular como un criterio para recibir los beneficios de las leyes, incentivando modelos de negocio que minimicen y optimicen el uso de recursos y promuevan el reciclaje y la reutilización. Por lo que proponemos:
– Registro Nacional de Actores de la Economía Circular: Las empresas que logren certificar proyectos de economía circular mediante la intervención de un ente legitimado certificante, podrán inscribirse en el Registro Nacional de Actores de la Economía Circular, el que permitirá disponer de un certificado de renovación anual, que le permita acceder a los beneficios adicionales de incentivo y financiamiento a los determinados en la ley para el sector, como lo es, el Fondo de Financiamiento a Proyectos Productivos de la Economía Circular, el de Transición Verde, el de Reconversión Energética o el de Certificación de Prácticas Sostenibles y Circulares, otorgando un mayor porcentual de beneficio fiscal o mejor tasa de crédito o mayor importe de subvención, a los beneficios ya otorgados al sector por ésta ley. Otro de los beneficios del Certificado vigente es la promoción productiva internacional bidireccional de actores de la economía circular. Todo proyecto productivo, deberá como condición de obtención del Certificado habilitante, presentar los comprobantes de habilitación ambiental de la jurisdicción donde se localice el proyecto o emprendimiento.
– Fondo de Financiamiento a Proyectos Productivos de la Economía Circular: Crear un Fondo Nacional con el fin de promocionar prácticas sostenibles y de economía circular, como eje de la reconversión productiva de las MiPyMEs, con asistencia técnica para la reestructuración de procesos.
– Promoción de Modelos Circulares: Dar prioridad en los beneficios de financiamiento y programas de capacitación a empresas que adopten modelos de producción y consumo circular, fomentando el rediseño de productos para su reutilización o reciclaje.
– Subvenciones para la Circularidad: Las empresas que implementen procesos basados en la economía circular (por ejemplo, reutilización de materiales, reducción de residuos, o simbiosis industrial) podrán acceder a incentivos económicos adicionales, mediante el acceso al Fondo Nacional de Financiamiento a Proyectos Productivos de la Economía Circular.
– Programa de Reconversión: Crear un programa de reconversión productiva para MiPyMEs que deseen transitar hacia modelos de economía circular, con asistencia técnica y apoyo financiero para la reestructuración de procesos.
– Eficiencia Energética: Introducir estándares obligatorios de eficiencia energética en las instalaciones y procesos de las empresas, con auditorías trimestrales que verifiquen el cumplimiento y condicionen la validez del Certificado de Sostenibilidad y Circularidad emitido por el Registro Nacional.
– Residuos Sólidos Empresariales: Establecer el requisito de separación de origen, reciclaje y disposición final certificada de las empresas, con auditorías trimestrales que verifiquen el cumplimiento y condicionen la validez del Certificado de Sostenibilidad y Circularidad emitido por el Registro Nacional.
– Transporte Sostenible: Promover y facilitar el acceso al crédito destinado a la compra de vehículos eléctricos, híbridos o de bajo impacto ambiental en la flota de la empresa, como el uso de combustibles alternativos.
– Estructura Verde: Promover y facilitar el acceso al crédito destinado a la instalación de techos verdes, sistemas de captación de agua de lluvia, aislamiento térmico y otras estructuras que reduzcan el impacto ambiental de las instalaciones empresariales. Involucra nuevas obras y de readecuación de las existentes.
– Consejo Consultivo Nacional de Economía Circular: Crear el Consejo Técnico no vinculante, como órgano de consulta del Órgano estatal de competencia de control y aplicación de la presente Ley
4. Educación y Capacitación Verde
Agregar un enfoque de educación ambiental y sostenible, dentro de los programas de capacitación que las leyes actuales promueven, como:
– Capacitación en Sostenibilidad: Introducir cursos y programas de capacitación obligatorios en temas de gestión ambienta, sostenibilidad, huella de carbono, eficiencia energética y economía circular, disponibles para todas las MiPyMEs interesadas en acceder a los beneficios de la ley.
– Capacitación en Sostenibilidad: Introducir cursos y programas de capacitación obligatorios en temas de gestión ambienta, sostenibilidad, huella de carbono, eficiencia energética y economía circular, disponibles para todas las MiPyMEs interesadas en acceder a los beneficios de la ley.
– Promover la difusión pedagógica de casos de éxitos: Establecer el requisito para la mantención del Certificado Vigente por parte de las Pymes y MiPymes, la realización de seis (6) actividades pedagógicas destinadas a estudiantes del nivel medio de la jurisdicción donde se localiza la actividad productiva de la empresa, cuyo contenido deberá versar sobre ambiente, sostenibilidad, economía circular y experiencia propia implementada en la actividad productiva y de consumo.
5. Incentivos a la Innovación Verde
Ampliar los incentivos para la investigación y el desarrollo de tecnologías sostenibles, especialmente en las MiPyMEs, instrumentando:
– Financiamiento de Innovación Sostenible: Otorgar subsidios y créditos blandos a proyectos de investigación y desarrollo que busquen innovar en áreas como tecnologías limpias, energías renovables o procesos industriales sostenibles.
– Beneficios Especiales por Innovación en Sostenibilidad: Ofrecer un régimen fiscal más favorable para las MiPyMEs que demuestren innovaciones significativas en la reducción de impactos ambientales o implementación de nuevos modelos circulares.
– Fomento a la Energía Renovable y Eficiencia Energética: Definir incentivos fiscales y de financiamiento, a las empresas que adopten energías renovables y promuevan la eficiencia energética.
6. Cláusulas de Responsabilidad Ambiental
Incorporar una cláusula que condicione el acceso a los beneficios a la responsabilidad ambiental empresarial, que importe:
– Cumplimiento de Normas Ambientales: Condicionar los beneficios y financiamientos a que las MiPyMEs cumplan con todas las normativas ambientales nacionales y locales.
– Requisitos de Responsabilidad Extendida: Incluir un marco para que las empresas asuman la responsabilidad extendida del productor, promoviendo la recolección y reciclaje de los productos al final de su vida útil.
– Sanciones Pecuniarias: Integrarán el Fondo Nacional de Financiamiento a Proyectos Productivos de la Economía Circular.
– Reportes de Acceso Público: Las empresas beneficiadas con certificado vigente, deberán reportar al Órgano de competencia nacional de aplicación de ésta ley, el desempeño circular y sostenible alcanzado, el cual será publicado y valorizado por ranking, otorgando a los mejores posicionados, el acceso a mayores beneficios o asistencia, de acuerdo a su tamaño y nivel de facturación anual
Estas propuestas generales, facilitarían a alinear las Leyes Nacionales 24.467 y 25.300 con los estándares de sostenibilidad globales, los Objetivos de la Agenda 2030 y el Acuerdo de Paris, incentivando a las Pymes y MiPyMEs a adoptar prácticas que no solo mejoren su competitividad, sino que también contribuyan a mitigar los efectos del cambio climático y promover una economía más circular y sostenible.